Legal Print | 10 tips sobre el registro de marcas en Costa Rica.
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10 tips sobre el registro de marcas en Costa Rica.

10 tips sobre el registro de marcas en Costa Rica.

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Marca es: “Cualquier signo o combinación de signos que permita distinguir los bienes o servicios de una persona de los de otra, por considerarse éstos suficientemente distintivos o susceptibles de identificar los bienes o servicios a los que se apliquen frente a los de su misma especie o clase.” Artículo 2 Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

Está pensando en registrar su marca, a continuación le damos unos consejos:

  1. Las marcas no pueden ser genéricas, es decir no se pueden proteger palabras que sean de uso común para los productos o servicios para los cuales va destinada.
  2. Las marcas no pueden ser descriptivas de los productos o servicios que protegen.
  3. Tampoco puede registrarse una marca que dé una característica del producto o servicio que se desea proteger o le brinde una ventaja competitiva a su titular.
  4. No se pueden registrar marcas que vayan en contra de derechos de terceros, titulares de otras marcas registradas o de marcas notorias, entre otros.
  5. Consulte la décima edición de la Clasificación de Niza o consulte a un experto sobre cuales productos o servicios debería proteger su marca.
  6. Solicite a un experto le realice una búsqueda de la marca en el sistema del Registro de la Propiedad Intelectual y le brinde un criterio legal sobre su registrabilidad.
  7. Los nombres de fantasía o las palabras compuestas son las más fáciles de registrar.
  8. Si la marca lleva logo se aumentan las posibilidades de su registro.
  9. Antes de invertir en su marca consulte a un experto en Propiedad Intelectual, sobre si la misma es registrable o no.
  10. Sea original y creativo, su marca puede a llegar a ser el mayor activo de su empresa.
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