Registros Sanitarios en Costa Rica.
Si usted importa y comercializa productos en Costa Rica, debe leer esta noticia.
Todos aquellos productos tales como: alimentos, cosméticos, medicamentos, productos naturales, suplementos a la diesta, equipo y material biomédico, higiénicos, entre otros, requieren de una autorización del Ministerio de Salud de Costa Rica, previo a ser importados y comercializados. Una vez obtenida la autorización, ésta tiene una validez de cinco años, luego de los cuales el permiso puede ser renovado. El trámite de registro sanitario normalmente tarda varios meses en finalizarse, dependiendo del producto puede tardar hasta años, lo cual ha ocasionado graves problemas para aquellas personas que desean invertir en nuestro país.
Es por eso que, el pasado 16 de Junio, 2014, fue publicado en el Diario Oficial costarricense La Gaceta, el Decreto 38498-S. Según este decreto, el Estado costarricense está consciente de que el Ministerio de Salud de Costa Rica tiene una “acumulación desmedida” de solicitudes de registro sanitario y renovación de registro, lo cual claramente está afectando los intereses legítimos de los usuarios, en la obtención de los registro y renovaciones en plazos que resulten razonables.
En consecuencia, dicho decreto contiene un transitorio mediante el cual se establece un procedimiento sucinto y breve para el registro de los productos clasificados como alimentos, suplementos a la dieta y productos naturales medicinales. Este transitorio ha hecho posible que los registros y renovaciones se obtengan en aproximadamente cinco a siete días hábiles, lo cual definitivamente resulta en un beneficio para el usuario de los sistemas y para el país en general. No obstante lo anterior, solamente aplica hasta el 19 de Septiembre del año en curso, fecha en la cual se volverá a la normalidad en el proceso de registros y renovaciones ante el Ministerio de Salud.
Si desea conocer más acerca de los alcances de este Decreto, contáctenos.